Procedimimento Administrativo Disciplinario en Casos de Hostigamiento Sexual
La Universidad en cumplimiento a la Ley 27942 Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo 014-2019-MIMP, modificado con Decreto Supremo N° 021-2021-MIMP y, Resolución Viceministerial N° 328-2021-MINEDU implementa la Secretaría de Instrucción, expidiendo la Resolución N° 151-2023-CU que aprueba el Reglamento de Prevención e Intervención en Casos de Hostigamiento con el objeto de investigar de manera efectiva y oportuna, las denuncias por actos de Hostigamiento Sexual, aplicando las sanciones que correspondan.
El numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP y la Resolución Viceministerial N° 328-2021-MINEDU precisa que, este procedimiento es aplicable al personal docente, autoridades, funcionarias/os y demás servidores/as y personal de los centros universitarios, sujetos a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, independientemente de su vínculo laboral o modalidad contractual con estos, así como a sus estudiantes, graduadas/os, egresadas/os y ex alumnas/os.